¿Cómo deben hacer los extranjeros que quieren ingresar a Uruguay desde el miércoles?

¿Cómo deben hacer los extranjeros que quieren ingresar a Uruguay desde el miércoles?

El gobierno publicó el instructivo para que los extranjeros con propiedades en Uruguay puedan ingresar a partir del miércoles 1 de setiembre.

Bajo el título “Instructivo para el ingreso de propietarios a la República Oriental del Uruguay”, el Ministerio de Turismo publicó este lunes de tarde los pasos que debe seguir un extranjero que quiera entrar al país, siempre y cuando tenga propiedades a su nombre.
El gobierno definió que a partir del miércoles 1 de setiembre se abren las fronteras para extranjeros con propiedades en Uruguay. A partir del 1 de noviembre se abren las fronteras en general.

En ambos casos se exigirá al momento del ingreso un test PCR negativo de coronavirus Covid-19, y la realización de un segundo test siete días después del presentado en el paso de frontera, puerto o aeropuerto.

El primero de estos dos test se debe hacer hasta tres días antes de embarcar hacia Uruguay, por lo que el segundo se debe realizar como mínimo a los cuatro días de estar en el país.

TRÁMITE DE INGRESO

“Previo al inicio del trámite se debe crear un usuario en Mi ID Uruguay”, dice el instructivo oficial.

Paso 1: “Ingresar al trámite en linea” en este sitio.

Paso 2: “Iniciar trámite y completar todos los campos solicitados”.

Paso 3: “Seleccionar causal: propietarios de bienes inmuebles en Uruguay”, y “Adjuntar certificado notarial o declaración jurada firmada por el titular”.

Nota: “El trámite será evaluado por el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Turismo, Dirección Nacional de Migraciones, y Presidencia de la República de acuerdo a las competencias que corresponden a cada organismo”, señala el instructivo.

INFORMACIÓN DE INTERÉS.

Decreto 279/021 del 26 de agosto del 2021 y Formulario de Declaración Jurada. (todo lo encuentra en este sitio).

Parentesco de primer grado por consanguinidad: padres e hijos del propietario.

Parentesco de segundo grado por consanguinidad: hermanos, abuelos y nietos.

Únicamente se podrá ingresar al país una vez notificada la autorización vía mail, teniendo la misma un plazo de vigencia de 60 días.

Se debe portar la toda la documentación necesaria que acredite los extremos declarados, la que podrá ser requerida por las autoridades uruguayas en cualquier momento.

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