Penalista afirma que se puede imputar daño a las personas que violen la cuarentena
Si se demuestra que una persona contagió a otra le puede caber delitos como lesiones graves u homicidio, consideró el abogado.
El abogado penalista Florencio Macedo considera que las personas que violen la cuarentena a la que están obligados son pasibles de ser imputadas y condenadas por la Justicia.
“Estamos viviendo una situación de excepción sanitaria muy grave”, indicó Macedo, y consideró que quienes violen el decreto sobre aislamiento, incurren en un incumplimiento grave.
El artículo 224 del Código Penal sobre daño por violación de las disposiciones sanitarias, establece que “el que mediante violación a las disposiciones sanitarias dictadas y publicadas por la autoridad competente para impedir la introducción o propagación en el territorio nacional de enfermedades epidémicas o contagiosas de cualquier naturaleza, causare daño a la salud humana o animal, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión”.
“Será circunstancia agravante especial de este delito si del hecho resultare un grave perjuicio a la economía nacional”, agrega la normativa.
Macedo entiende que “se puede llegar a poder demostrar que una persona contagió a otra” e imputarle un delito, daño, lesiones graves u homicidio, según corresponda.
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