La Corte le dio la razón al Banco República y el empresario argentino deberá pagar unos 7 millones de dólares.
Una resolución adoptada por mayoría de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) dio la razón al Banco República en el litigio que mantenía con el empresario Juan Carlos López Mena por la fallida subasta de aviones de la ex Pluna, informó El País.
Se trata de una sentencia firme de la Corte que y no tiene posibilidades de ser recurrida. Tras nueve años de conflicto judicial y político, López Mena deberá pagar 7 millones de dólares por el aval otorgado a la empresa Cosmo, que el BROU adjudicó a López Mena por ser quienes presentó a esa empresa y por entender que estaba detrás del negocio de la fallida compra de los aviones de Pluna.
La historia se remonta a 2012, cuando el gobierno de José Mujica resolvió cerrar Pluna. Tras no encontrar interesados en la aerolínea, se procedió a rematar siete aeronaves de la Sociedad Anónima a través de un fideicomiso creado por ley.
Tras un primer remate postergado por falta de postulantes, el gobierno inició contactos con posibles interesados y uno de ellos fue Juan Carlos López Mena que acercó a la aerolínea española Cosmo.
La empresa debía tener un aval de una institución financiera uruguaya y fue López Mena quien lo gestionó ante el Banco República. Cosmo fue el único oferente.
Quien participó del remate resultó ser Hernán Antonio Calvo Sánchez, quien había trabajado con López Mena en Buquebus España.
En medio del escándalo desatado por esa participación, y sin fondos para costear la compra de los aviones, Cosmo desistió de la misma.
El BROU procedió a pagar el aval por casi US$ 14 millones al fideicomiso que tenía las aeronaves y reclamó el pago a la aseguradora.
El empresario y el BROU legaron un acuerdo que establecía que si el remate era declarado nulo, cesaba la obligación de López Mena con el banco y no debía pagar el aval.
Tras varios recursos presentados por acreedores, la SCJ declaró inconstitucional algunos artículos de la ley que creó el fideicomiso para el remate de aviones de Pluna.
López Mena ya había pago para entonces aproximadamente la mitad del aval y ante estas resoluciones de la Corte decidió demandar al BROU, al entender que la inconstitucionalidad implicaba la nulidad de la subasta. El empresario solicitó la devolución de lo que ya había pago.
En febrero de 2019, un juez Civil amparó parcialmente la demanda del empresario naviero. Declaró que no correspondía el pago del saldo que estaba pendiente y condenó al Banco República a devolver al empresario las sumas que ya fueron abonadas, más intereses. El BROU apeló.
En marzo de 2020 el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 1er Turno condenó al Banco República a pagar unos US$ 10 millones a López Mena.
Los servicios jurídicos del BROU apelaron y la SCJ resolvió por mayoría dar la razón al BROU al considerar que la declaración de inconstitucionalidad de algunos artículos de la ley que creó el fideicomiso para rematar los aviones de Pluna no implicó la nulidad de la subasta, como argumentaban las sentencias previas.
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