Caso Ana Inés Martínez: condenan por acoso sexual a Canal 10 y desestiman acoso laboral

Caso Ana Inés Martínez: condenan por acoso sexual a Canal 10 y desestiman acoso laboral

La Justicia condenó al medio de comunicación a pagar US$ 15.700 a la comunicadora “por un delito de daño moral emergente del acoso sexual”.

La Justicia no dio lugar a la demanda presentada por la periodista Ana Inés Martínez contra Canal 10 y, en particular, contra el gerente del noticiero Nelson Fernández por acoso laboral. No obstante, sí dio lugar a la demanda por acoso sexual que presentó la comunicadora contra el exgerente general del medio de comunicación Alejandro Cattaneo y condenó al canal a pagar una indemnización de miles de dólares.

Según supo Montevideo Portal, el juez actuante, Luis Fourment, determinó que no hubo acoso laboral por parte de Fernández, aunque sí falló a favor de la periodista por la denuncia de acoso sexual que presentó contra el exgerente general del canal.

El Poder Judicial determinó, de esta forma, que no hubo despido abusivo por parte de la empresa a la trabajadora. Sin embargo, ante la denuncia por acoso sexual, la Justicia falló a favor de Martínez y dispuso que el canal debe pagar la suma de US$ 15.724 a la comunicadora. En principio, la demanda al canal fue por US$ 400.000.

No obstante, el magistrado del juzgado laboral concluyó que no hubo relación entre el acoso sexual y el despido a la periodista, lo que desde la parte demandante entienden fue contradictorio.

Martínez denunció después de ser despedida del canal que fue víctima de acoso laboral por parte de Nelson Fernández (gerente de Subrayado) y de acoso sexual por el exgerente general del medio comunicación. Martínez fue desvinculada del medio de comunicación el 1° de diciembre de 2023 y, tras esto, inició las acciones legales por acoso laboral y sexual. Cattaneo, el denunciado, fue desvinculado del medio de comunicación en diciembre de 2023.

El fallo indica que el canal deberá abonar US$ 15.724 por un delito de daño moral emergente del acoso sexual, tal y como establece la legislación vigente. Cabe resaltar que es Canal 10 el condenado porque la ley hace responsable al empleador, lo que no quiere decir que la empresa pueda reclamarle al exgerente el pago de la condena.

“En virtud de que se tuvo por configurado el acoso sexual corresponde hacer lugar a la indemnización del daño moral. El artículo 11 de la ley 18.561 así lo establece, no siendo necesario probar el daño en sí mismo, ya que presupone que toda situación de acoso sexual conlleva dicha afectación”, indicó el juez en la sentencia.

Con respecto al acoso laboral por parte de Fernández, que fue descartado, el abogado de Martínez, Juan Ceretta, presentará un recurso de apelación en los próximos días. Es la primera vez en la historia de Uruguay que un canal fue condenado por acoso sexual contra un trabajador, según recoge el texto judicial.

El juez Fourment falló: “Ampárase parcialmente la demanda y, en su mérito, condénase a la Sociedad Anónima de Emisoras de Televisión y Anexos (Saeta) a pagar a Ana Inés Martínez la suma de US$ 15.724, más intereses desde su exgibilidad hasta su efectivo pago. Desestímase la pretensión de indemnización por despido abusivo y daño moral por acoso laboral”.

Sobre el caso, Canal 10 emitió un comunicado en febrero de este año en el que negaba que hubiese existido acoso laboral ni despido abusivo e indicó que en el caso del acoso sexual “en ningún momento tuvo conocimiento” de lo que afirmaba la periodista. Según supo Montevideo Portal, el canal emitirá un comunicado en las próximas horas.

Montevideo Portal – Ana Inés Martínez. Foto: @inesmartinezok

 

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